Ir al contenido
BOE-A-2026-5490 ·9 de marzo de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

Extranjeros: no requieren autorización militar para adquirir fincas rústicas en zonas de acceso restringido

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resuelve un recurso contra la suspensión de la inscripción de una compraventa de una finca rústica a una ciudadana brasileña. Se establece que, según la Orden de Servicio 1/2021 de la Dirección General de Infraestructuras del Ministerio de Defensa, las fincas rústicas quedan excluidas de las zonas que requieren autorización o informe del Ministerio de Defensa (Orden de Servicio 1/2021). Por tanto, no es preceptiva la autorización militar para este tipo de inmuebles en dichas zonas.

En 2 claves

  1. Las fincas rústicas quedan excluidas de las zonas que requieren autorización o informe del Ministerio de Defensa, Orden de Servicio 1/2021 (Orden de Servicio 1/2021)
  2. Los notarios y registradores deben exigir la autorización militar para la adquisición de fincas rústicas o urbanas por extranjeros, art. 20 Ley 8/1975 (art. 20 Ley 8/1975)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Adquisición de inmuebles en zonas de interés para la defensa nacional

art. 18 Ley 8/1975

Aplica a este perfil

  • Adquisición de fincas rústicas en zonas de acceso restringido

Orden de Servicio 1/2021

Cómo afecta a los implicados

Para los no residentes (extranjeros) que deseen adquirir fincas rústicas en zonas declaradas de acceso restringido, se elimina la carga de tramitar la autorización militar previa, al quedar estas fincas excluidas de la aplicación de la restricción según la normativa de Defensa (Orden de Servicio 1/2021). Para notarios y registradores, la calificación negativa basada en la falta de dicha autorización para fincas rústicas es improcedente.

Línea de vida

2026-03-09PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo fiscal revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo fiscal
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto