La Orden TED/182/2026 establece los servicios mínimos en el sector eléctrico ante la huelga general convocada por la CGT en Andalucía, Ceuta y Melilla para el 8 de marzo de 2026 (00:00 a 24:00 horas). Se exige la plena disponibilidad de ciclos combinados específicos (Algeciras 3, Arcos de la Frontera 1 y 2, Campo de Gibraltar 1 y 2, Cristóbal Colón 4, Málaga, Palos de la Frontera 1, 2 y 3, San Roque 1) y del equipo generador de Ceuta y Melilla para garantizar el suministro (Primero).
Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
Aplica a este perfil
I
Las empresas de producción, transporte y distribución de energía eléctrica en el ámbito de Andalucía, Ceuta y Melilla deben garantizar la continuidad del suministro y la estabilidad del sistema (art. 2 RD 1170/1988). Los grupos energéticos afectados deben mantener las cargas derivadas de los mercados diario e intradiario para el día de la huelga (Segundo). Los consumidores finales no deberían sufrir interrupciones en procesos productivos o actividades básicas gracias a la disponibilidad de las instalaciones señaladas (Primero).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Mantener la plena disponibilidad de los ciclos combinados y equipos generadores señalados | Primero | 8 de marzo de 2026 |
| Mantener las cargas derivadas de las casaciones de los mercados diario e intradiario | Segundo | 8 de marzo de 2026 |
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