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BOE-A-2026-3451 ·14 de febrero de 2026 ·Resolución Impacto medio
Laboral

Las contratas ferroviarias deben aplicar las nuevas tablas salariales del XXIII Convenio colectivo para 2026, a partir de 2026-08-04

La Resolución de 30 de enero de 2026 publica las tablas salariales del XXIII Convenio colectivo de contratas ferroviarias para 2026. Estas tablas se aplican conforme a lo establecido en el art. 90.2 y 90.3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y el Real Decreto 713/2010. La entrada en vigor se fija en el día siguiente de su publicación en el BOE, es decir, 2026-08-04, según la disposición final.

En 3 claves

  1. Las tablas salariales del XXIII Convenio colectivo se aplican a partir del 2026-08-04 (disposicion final)
  2. La norma se basa en el art. 90.2 y 90.3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (art. 90.2, 90.3)
  3. La entrada en vigor se fija en el día siguiente de la publicación en el BOE (disposicion final)

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.

Esta normativa no afecta directamente al perfil startup.

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Aplica a este perfil

  • Empresas de contratas ferroviarias
  • Con independencia del tamaño

art. 90.2 y 90.3

Esta normativa no afecta directamente al perfil no residente.

Cómo afecta a los implicados

Las empresas de contratas ferroviarias deben ajustar sus pagos salariales a las nuevas tablas del XXIII Convenio colectivo a partir del 2026-08-04. Los trabajadores en estas empresas reciben salarios conforme a las nuevas tablas, sin cambios en el régimen de jornada ni condiciones laborales. Las administraciones públicas que gestionan contratas ferroviarias deben verificar la actualización de los registros salariales en sus sistemas internos.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Aplicar las nuevas tablas salariales del XXIII Convenio colectivo para 2026 art. 90.2 y 90.3 a partir de 2026-08-04
Verificar que los pagos salariales coincidan con las nuevas tablas disposicion final a partir de 2026-08-04

Línea de vida

2026-02-14PublicacionPublicación en el BOE
2026-08-04Entra en vigorEntrada en vigor (disposicion final)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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