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BOE-A-2026-2142 ·30 de enero de 2026 ·orden Impacto medio
Laboral

Titulares de Tarjeta azul-UE: 30.000 EUR mensuales como umbral salarial para autorización de residencia

La Orden PJC/44/2026 fija como umbral salarial de referencia para la autorización de residencia de profesionales altamente cualificados el monto de 30.000 euros mensuales, conforme al art. 71.bis.1.c) de la Ley 14/2013. Este umbral sustituye al anterior establecido en la misma norma. El criterio se aplica a titulares de Tarjeta azul-UE que deseen residir en España.

En 2 claves

  1. Umbral salarial de 30.000 EUR mensuales para autorización de residencia (art. 71.bis.1.c) de la Ley 14/2013)
  2. Aplica solo a titulares de Tarjeta azul-UE (art. 71.bis.1.c) de la Ley 14/2013)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Titulares de Tarjeta azul-UE
  • Ejercen actividad en España

art. 71.bis.1.c) de la Ley 14/2013

Cómo afecta a los implicados

Los profesionales titulares de Tarjeta azul-UE que ejerzan actividades en España deben garantizar un salario mensual de al menos 30.000 EUR para obtener la autorización de residencia (art. 71.bis.1.c) de la Ley 14/2013. El umbral se aplica como requisito mínimo para la concesión de la autorización. No hay cambios en el proceso de solicitud, solo se establece un nuevo umbral salarial.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2026-01-30PublicacionPublicación en el BOE
2026-02-01Entra en vigorEntrada en vigor (disposicion final)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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