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La Orden PJC/44/2026 fija como umbral salarial de referencia para la autorización de residencia de profesionales altamente cualificados el monto de 30.000 euros mensuales, conforme al art. 71.bis.1.c) de la Ley 14/2013. Este umbral sustituye al anterior establecido en la misma norma. El criterio se aplica a titulares de Tarjeta azul-UE que deseen residir en España.
Aplica a este perfil
art. 71.bis.1.c) de la Ley 14/2013
Los profesionales titulares de Tarjeta azul-UE que ejerzan actividades en España deben garantizar un salario mensual de al menos 30.000 EUR para obtener la autorización de residencia (art. 71.bis.1.c) de la Ley 14/2013. El umbral se aplica como requisito mínimo para la concesión de la autorización. No hay cambios en el proceso de solicitud, solo se establece un nuevo umbral salarial.
Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.
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