El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad n.º 5465-2026 interpuesto por el Presidente del Gobierno contra la Ley 1/2026 de la Comunidad de Madrid, que habilitaba a dicha comunidad para el ejercicio de la acción popular en ámbitos específicos. La interposición del recurso bajo el artículo 161.2 de la Constitución conlleva la suspensión de la vigencia y aplicación de la ley impugnada (providencia de 8 de septiembre de 2026).
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La Ley 1/2026 de la Comunidad de Madrid queda suspendida, lo que impide su aplicación para el ejercicio de la acción popular en los ámbitos que pretendía regular. Para las partes del proceso, la suspensión surte efectos desde la interposición del recurso (16 de julio de 2026), mientras que para terceros surte efectos desde la publicación del edicto correspondiente en el BOE.
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