Ir al contenido
BOE-A-2026-1761 ·26 de enero de 2026 ·orden Impacto medio
Fiscal

Empresas con IVA: 3 meses para actualizar libros de registro en sede electrónica o multas de hasta 1.500 EUR

La Orden HAC/27/2026 sustituye los anexos I de las órdenes EHA/3111/2009, EHA/3786/2008 y EHA/3434/2007 por nuevos modelos digitales para la llevanza de libros de registro del IVA. El cambio obliga a las empresas a actualizar sus registros en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria (art. 2). El plazo para adaptación es de tres meses desde la entrada en vigor (art. 4).

En 3 claves

  1. Los anexos I de las órdenes EHA/3111/2009, EHA/3786/2008 y EHA/3434/2007 son sustituidos por nuevos modelos digitales (art. 2)
  2. Plazo de 3 meses para adaptar libros de registro a la Sede electrónica (art. 4)
  3. Multas de hasta 1.500 EUR por incumplimiento de la actualización (art. 4)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas con obligación de llevar libros de registro del IVA
  • Con independencia del número de empleados

art. 2

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

art. 2

Aplica a este perfil

  • Empresas con obligación de llevar libros de registro del IVA

art. 2

Cómo afecta a los implicados

Las empresas con obligación de llevar libros de registro del IVA deben migrar a los nuevos modelos digitales en la Sede electrónica (art. 2). El plazo de adaptación es de 3 meses desde la entrada en vigor. Las empresas que no cumplan pueden ser sancionadas con multas de hasta 1.500 EUR por incumplimiento (art. 4). Las administraciones tributarias no sufren cambios en funciones, solo se actualizan los formatos digitales.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Actualizar libros de registro del IVA en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria art. 2 3 meses desde entrada en vigor
Verificar cumplimiento de los nuevos modelos digitales en los anexos I art. 4 3 meses desde entrada en vigor

Línea de vida

2026-01-26PublicacionPublicación en el BOE
2026-02-26Entra en vigorEntrada en vigor (disposiciones finales)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo fiscal revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo fiscal
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto