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BOE-A-2026-16758 ·1 de agosto de 2026 ·Resolución Impacto medio
Administrativo

Empresas de transporte de mercancías peligrosas: cambios en horarios y rutas de circulación en Cataluña para 2026

La Resolución ISP/1933/2026 modifica las restricciones de circulación de vehículos con carga de mercancías peligrosas establecidas para el año 2026 en Cataluña. La norma actualiza los horarios de restricción en diversos puntos de la red viaria (Anexo A) y redefine los itinerarios obligatorios para empresas situadas en los accesos por el vial de Els Prats y la carretera N-340 (Anexo D).

En 2 claves

  1. Nuevos horarios de restricción: M de 10 a 14h, T de 17 a 22h y D de 10 a 22h en tramos específicos, art. 1 (art. 1)
  2. Rutas provisionales por obras en TV-3146 para accesos desde AP-7 o hacia C-31B, art. 2 (art. 2)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas de transporte de mercancías peligrosas
  • Que operen en los tramos y horarios modificados en Cataluña

art. 1 y 2

Aplica a este perfil

  • Transportistas autónomos de mercancías peligrosas que circulen por las zonas afectadas

art. 1 y 2

Cómo afecta a los implicados

Las empresas de transporte de mercancías peligrosas deben ajustar sus planes de ruta y horarios de salida para cumplir con las nuevas restricciones de tiempo y sentido en tramos específicos (art. 1). Los transportistas que operen en la zona de Els Prats y N-340 (Vila-seca a Bonavista) deben seguir itinerarios obligatorios específicos para acceder a la refinería, el puerto o la C-31B, teniendo en cuenta rutas provisionales por obras en la TV-3146 (art. 2).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Revisar itinerarios obligatorios para mercancías peligrosas en la zona de Els Prats y N-340 art. 2
Ajustar horarios de circulación según las nuevas restricciones de la tabla del Anexo A art. 1

Línea de vida

2026-08-01PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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