La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resuelve un recurso contra la calificación negativa de un registrador que suspendió la inscripción de la georreferenciación de una finca en Boiro. La suspensión se produjo tras la presentación de alegaciones por parte de una colindante, quien alegó mediante plano topográfico que la nueva delimitación invadía su propiedad. El procedimiento se tramitó bajo el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria para la rectificación de superficie y coordinación con el Catastro.
Aplica a este perfil
art. 199 Ley Hipotecaria
Para el titular de la finca, la existencia de controversia sobre la delimitación gráfica impide la inscripción de la representación gráfica georreferenciada, incluso si cuenta con un informe de validación gráfica positivo del Catastro. Para los colindantes, el procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria les otorga el derecho a presentar alegaciones y documentación técnica para oponerse a cambios que afecten sus linderos.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Presentar alegaciones y documentación técnica en caso de oposición a la delimitación gráfica | art. 199.2 Ley Hipotecaria |
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