Esta Orden establece la distribución territorial de los créditos destinados a financiar acciones de prevención de riesgos laborales en las comunidades autónomas con competencias asumidas para el año 2026. La distribución se realiza conforme a lo acordado por la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales en su reunión del 27 de mayo de 2026, siguiendo el mandato de la Ley 31/1995 (disposición adicional quinta). Los fondos se gestionan para promover la seguridad y salud en el trabajo, con especial énfasis en las pequeñas empresas.
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Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
Para las comunidades autónomas con competencias asumidas, la norma formaliza la asignación de fondos para ejecutar planes y programas de prevención de riesgos laborales en 2026. Para las pequeñas empresas, la disposición asegura la continuidad de la financiación de acciones de formación, asistencia técnica e información gestionadas a través de la Fundación Estatal para la Prevención de Riesgos Laborales (FSP) y los órganos autonómicos.
Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.
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