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BOE-A-2026-14853 ·8 de julio de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

Inscripción de compraventa: prevalece la prohibición de enajenar judicial sobre transmisiones previas no inscritas

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resuelve que no es posible inscribir una escritura de compraventa otorgada en 1995 si las fincas presentan una anotación preventiva de prohibición de enajenar dictada por un Juzgado (art. 2). La resolución establece que, en procedimientos penales, prevalece el orden público de las medidas cautelares sobre la eficacia preferente de transmisiones anteriores no inscritas. Para proceder a la inscripción, es imperativo que el Juzgado que entiende del procedimiento dicte un mandamiento de levantamiento de la prohibición (art. 2).

En 2 claves

  1. Prevalece la prohibición de disponer en procedimientos penales sobre transmisiones anteriores no inscritas, art. 2 (art. 2)
  2. Es necesario el mandamiento de levantamiento del Juzgado para cancelar la anotación y permitir la inscripción, art. 2 (art. 2)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Adquirentes de fincas con títulos de propiedad no inscritos
  • Personas afectadas por medidas cautelares de prohibición de enajenar

art. 2

Aplica a este perfil

  • Sociedades titulares registrales con anotaciones preventivas de prohibición de enajenar

art. 2

Cómo afecta a los implicados

Para los adquirentes de fincas que no han formalizado su inscripción registral, las medidas cautelares penales (prohibición de enajenar) bloquean la capacidad de inscribir títulos de propiedad previos, aun cuando la compraventa sea anterior a la medida (art. 2). Las sociedades titulares registrales ven limitado su patrimonio para responder por responsabilidades penales, ya que la propiedad real se ve afectada por la anotación preventiva. Los particulares afectados deben obtener el levantamiento de la medida mediante el juzgado correspondiente para poder sanear su situación registral (art. 2).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Solicitar al Juzgado competente el mandamiento de levantamiento de la prohibición de enajenar art. 2

Línea de vida

2026-07-08PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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