La CNMC modifica los parámetros de la resolución que otorga carácter singular al enlace eléctrico subterráneo-submarino de 66 kV entre Chío (Tenerife) y El Palmar (La Gomera) (Antecedentes Primero). Esta medida permite la inclusión de dicha infraestructura en el régimen retributivo de inversiones singulares con características técnicas especiales (Antecedentes Cuarto). La modificación está condicionada a que la descripción técnica y económica se integre en la Planificación eléctrica 2025-2030 y en los planes de desarrollo de la red de transporte para el horizonte 2030 (Antecedentes Sexto).
Aplica a este perfil
Antecedentes Cuarto
Para Red Eléctrica de España, SAU, la resolución valida la modificación de los parámetros económicos y técnicos para asegurar la retribución de la inversión en el enlace submarino (Antecedentes Cuarto). La infraestructura queda sujeta a las obligaciones de información e inspecciones de la CNMC conforme a la Circular 5/2019 y la Circular informativa 4/2021 (Antecedentes Séptimo). El proyecto debe alinearse con la Planificación eléctrica 2025-2030 para mantener su condición (Antecedentes Sexto).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Asegurar que la descripción técnica y económica quede recogida en la Planificación eléctrica 2025-2030 | Antecedentes Sexto | |
| Cumplir con las obligaciones de información e inspecciones de la CNMC | Circular 5/2019 y Circular informativa 4/2021 |
El equipo fiscal revisa tu situación concreta.