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La resolución publica la lista de normas europeas ratificadas en junio de 2026, incluyendo la actualización del artículo 11.f) del Real Decreto 2200/1995 sobre tecnología e investigación. Este cambio exige a las empresas con más de 10 trabajadores que actualicen su registro de jornada conforme a la nueva norma. La obligación se aplica desde la entrada en vigor del texto, con plazo de adaptación de tres meses.
Aplica a este perfil
art. 11.f) RD 2200/1995
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
art. 11.f) RD 2200/1995
Las empresas con 10 o más trabajadores deben actualizar su registro de jornada dentro de tres meses, de lo contrario podrán ser sancionadas con multas de hasta 7.500 EUR por trabajador (art. 11.f) RD 2200/1995. Los autónomos y pequeñas empresas sin empleados no están afectadas. El plazo de cumplimiento comienza desde la entrada en vigor de la resolución.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Actualizar el registro de jornada conforme al artículo 11.f) del RD 2200/1995 | art. 11.f) RD 2200/1995 | 3 meses desde entrada en vigor |
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