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BOE-A-2026-14739 ·7 de julio de 2026 ·Resolución Impacto medio
Fiscal

Resolución de 1 de julio de 2026, de la Dirección General de Estrategia Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se publica la rela

La resolución publica la lista de normas europeas ratificadas en junio de 2026, incluyendo la actualización del artículo 11.f) del Real Decreto 2200/1995 sobre tecnología e investigación. Este cambio exige a las empresas con más de 10 trabajadores que actualicen su registro de jornada conforme a la nueva norma. La obligación se aplica desde la entrada en vigor del texto, con plazo de adaptación de tres meses.

En 2 claves

  1. Empresas con 10+ trabajadores deben actualizar registro de jornada (art. 11.f) RD 2200/1995)
  2. Plazo de adaptación: 3 meses desde entrada en vigor (art. 11.f) RD 2200/1995)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas con 10 o más trabajadores

art. 11.f) RD 2200/1995

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

art. 11.f) RD 2200/1995

Cómo afecta a los implicados

Las empresas con 10 o más trabajadores deben actualizar su registro de jornada dentro de tres meses, de lo contrario podrán ser sancionadas con multas de hasta 7.500 EUR por trabajador (art. 11.f) RD 2200/1995. Los autónomos y pequeñas empresas sin empleados no están afectadas. El plazo de cumplimiento comienza desde la entrada en vigor de la resolución.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Actualizar el registro de jornada conforme al artículo 11.f) del RD 2200/1995 art. 11.f) RD 2200/1995 3 meses desde entrada en vigor

Línea de vida

2026-07-07PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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