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BOE-A-2026-14658 ·7 de julio de 2026 ·Real Decreto-ley critical
Administrativo

Los municipios rurales: 30 días para derogar el artículo 59.1.b) del Reglamento 64/2014

El Decreto-ley 6/2026 deroga el artículo 59.1.b) del Reglamento 64/2014, que establecía un requisito de contratación en municipios rurales, en un plazo de 30 días (art. 59.1.b)). Este cambio elimina una barrera administrativa para la contratación en zonas rurales, sin modificar otros regímenes de contratación. La derogación se aplica a todos los municipios rurales afectados por el reglamento anterior.

En 2 claves

  1. Deroga el artículo 59.1.b) del Reglamento 64/2014 en municipios rurales (art. 59.1.b))
  2. Plazo de 30 días para la derogación de la norma (art. 59.1.b))

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas que contratan en municipios rurales
  • Con independencia del sector

art. 59.1.b)

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Aplica a este perfil

  • Empresas que contraten en municipios rurales

art. 59.1.b)

Aplica a este perfil

  • Contrataciones en municipios rurales de Cataluña

art. 59.1.b)

Cómo afecta a los implicados

Los municipios rurales pueden contratar sin necesidad de cumplir el requisito de contratación establecido en el artículo 59.1.b) del Reglamento 64/2014 (art. 59.1.b). Las empresas públicas y privadas que gestionan contrataciones en estas zonas pueden proceder sin restricciones adicionales. El plazo de 30 días para la derogación obliga a los municipios a actualizar sus procedimientos administrativos antes del vencimiento (art. 59.1.b).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Los municipios rurales deben derogar el artículo 59.1.b) del Reglamento 64/2014 art. 59.1.b) 30 días

Línea de vida

2026-07-07PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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