La Orden TES/567/2026 deroga la anterior orden TES/889/2024 y establece nuevas bases para la concesión de subvenciones a proyectos de economía social y de responsabilidad social. Los proyectos deben presentarse en un plazo de 30 días desde la entrada en vigor, según lo establecido en el artículo 3.1. La subvención se destina a cubrir gastos de funcionamiento de entidades asociativas y representativas de la economía social de ámbito estatal.
Aplica a este perfil
art. 1
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
Aplica a este perfil
art. 1
Las empresas y entidades de economía social deben presentar sus proyectos de subvención dentro de 30 días, de lo contrario perderán derecho a la subvención (art. 3.1). Las asociaciones y fundaciones representativas de la economía social pueden acceder a financiación para gastos de funcionamiento. El plazo de presentación comienza desde la entrada en vigor de la orden, no desde la fecha de publicación (art. 3.1).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Presentar proyecto de subvención dentro de 30 días desde entrada en vigor | art. 3.1 | 30 días desde entrada en vigor |
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