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BOE-A-2026-12275 ·6 de junio de 2026 ·orden Impacto medio
Fiscal

Las empresas y entidades de economía social: 30 días para presentar proyectos de subvención o perder derecho a beneficio

La Orden TES/567/2026 deroga la anterior orden TES/889/2024 y establece nuevas bases para la concesión de subvenciones a proyectos de economía social y de responsabilidad social. Los proyectos deben presentarse en un plazo de 30 días desde la entrada en vigor, según lo establecido en el artículo 3.1. La subvención se destina a cubrir gastos de funcionamiento de entidades asociativas y representativas de la economía social de ámbito estatal.

En 2 claves

  1. Plazo de 30 días para presentar proyectos de subvención (art. 3.1)
  2. Deroga la Orden TES/889/2024 (art. 1)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas de economía social
  • Con proyecto de responsabilidad social o economía social

art. 1

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Aplica a este perfil

  • Empresas de economía social con proyectos de responsabilidad social

art. 1

Cómo afecta a los implicados

Las empresas y entidades de economía social deben presentar sus proyectos de subvención dentro de 30 días, de lo contrario perderán derecho a la subvención (art. 3.1). Las asociaciones y fundaciones representativas de la economía social pueden acceder a financiación para gastos de funcionamiento. El plazo de presentación comienza desde la entrada en vigor de la orden, no desde la fecha de publicación (art. 3.1).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Presentar proyecto de subvención dentro de 30 días desde entrada en vigor art. 3.1 30 días desde entrada en vigor

Línea de vida

2026-06-06PublicacionPublicación en el BOE
2026-06-07Entra en vigorEntrada en vigor (disposicion final primera)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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