La Dirección General de Política Energética y Minas otorga autorización administrativa y aprueba el proyecto de ejecución para una nueva posición sobre el gasoducto «Zaragoza-Calatayud» (art. 5.ª). El proyecto, promovido por Redexis Infraestructuras, SL, permitirá la inyección de biometano procedente de la planta de Biored Calatayud, SL en el término municipal de Calatorao (Zaragoza). La resolución se dicta al amparo de la Ley 34/1998 del sector de hidrocarburos y tras los trámites de información pública y consultas a administraciones (art. 83 Ley 39/2015; RD 1434/2002).
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Para Redexis Infraestructuras, SL, la resolución impone el deber de finalizar la construcción y solicitar el acta de puesta en servicio en un plazo máximo de doce meses desde la notificación (art. 5.ª). El incumplimiento de este plazo conlleva la extinción de la autorización administrativa, salvo prórroga justificada (art. 5.ª). Enagás Transporte, SAU, queda facultada para exigir que el promotor asuma los costes de recalibración de equipos de medición y odorización si la inyección genera dichos gastos (texto fuente).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Finalizar la construcción de las instalaciones y presentar solicitud de levantamiento de acta de puesta en servicio | art. 5.ª | 12 meses desde la notificación de la resolución |
| Comunicar con antelación las fechas de inicio de obras, ensayos y pruebas a la Delegación del Gobierno en Aragón | art. 7.ª | |
| Presentar certificado final de obra firmado por técnico competente antes del levantamiento del acta de puesta en servicio | art. 8.ª |
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