La Resolución de 7 de mayo de 2026 publica la tabla salarial del X Convenio colectivo de la Compañía Española de Tabaco en Rama, SA, S.M.E., aprobada conforme al art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015. El nuevo salario se aplica desde el 1 de enero de 2026. El texto se enmarca en el marco del convenio publicado por Resolución de 16 de enero de 2012 (art. 90.2 y 3 RDL 2/2015).
Aplica a este perfil
art. 90.2 y 3 RDL 2/2015
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
Aplica a este perfil
art. 90.2 y 3 RDL 2/2015
Las empresas del sector tabaco, específicamente las que forman parte del X Convenio colectivo de la Compañía Española de Tabaco en Rama, SA, S.M.E., deben aplicar desde el 1 de enero de 2026 los salarios establecidos en la nueva tabla (art. 90.2 y 3 RDL 2/2015). Los trabajadores en estas empresas reciben ajustes salariales según la nueva tabla. No hay cambios en el ámbito de aplicación para otros sectores o empresas.
Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.
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