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BOE-A-2026-10863 ·20 de mayo de 2026 ·Resolución Impacto medio
Laboral

Empresas del sector tabaco: desde 1 de enero de 2026 aplican la nueva tabla salarial aprobada en el X Convenio colectivo

La Resolución de 7 de mayo de 2026 publica la tabla salarial del X Convenio colectivo de la Compañía Española de Tabaco en Rama, SA, S.M.E., aprobada conforme al art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015. El nuevo salario se aplica desde el 1 de enero de 2026. El texto se enmarca en el marco del convenio publicado por Resolución de 16 de enero de 2012 (art. 90.2 y 3 RDL 2/2015).

En 2 claves

  1. Aplicación de la nueva tabla salarial desde 1 de enero de 2026 (art. 90.2 y 3 RDL 2/2015)
  2. El convenio se basa en el publicado por Resolución de 16 de enero de 2012 (en relación con el Convenio publicado por Resolución de 16 de enero de 2012)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Formación parte del X Convenio colectivo de la Compañía Española de Tabaco en Rama, SA, S.M.E.

art. 90.2 y 3 RDL 2/2015

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Aplica a este perfil

  • Formación parte del X Convenio colectivo de la Compañía Española de Tabaco en Rama, SA, S.M.E.

art. 90.2 y 3 RDL 2/2015

Cómo afecta a los implicados

Las empresas del sector tabaco, específicamente las que forman parte del X Convenio colectivo de la Compañía Española de Tabaco en Rama, SA, S.M.E., deben aplicar desde el 1 de enero de 2026 los salarios establecidos en la nueva tabla (art. 90.2 y 3 RDL 2/2015). Los trabajadores en estas empresas reciben ajustes salariales según la nueva tabla. No hay cambios en el ámbito de aplicación para otros sectores o empresas.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2026-05-20PublicacionPublicación en el BOE
2026-01-01Entra en vigorEntrada en vigor (art. 90.2 y 3 del texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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