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BOE-A-2026-10325 ·13 de mayo de 2026 ·orden Impacto medio
Fiscal

Los beneficiarios de subvenciones Erasmus+ deben cumplir con los nuevos criterios de evaluación en el periodo 2021-2027

La Orden JUI/463/2026 modifica los arts. 2 a 4, 6 a 8, 13, 14 y 16 de la Orden DSA/1029/2021, eliminando la disposición adicional única y ajustando los criterios de evaluación para subvenciones en educación no formal. Se suprime también la disposición adicional única de la Orden DSA/1221/2023. El cambio afecta a los centros de cooperación educativa y a los programas de juventud y deporte del Erasmus+ (art. 2-16).

En 3 claves

  1. Se suprime la disposición adicional única de la Orden DSA/1029/2021 (art. 2)
  2. Se suprime la disposición adicional única de la Orden DSA/1221/2023 (art. 2)
  3. Los criterios de evaluación se modifican en los arts. 2 a 4, 6 a 8, 13 y 14 (art. 2-16)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Centros educativos con participación en Erasmus+ en educación no formal

art. 2

Esta normativa no afecta directamente al perfil startup.

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

art. 2

Cómo afecta a los implicados

Los centros de cooperación educativa y los programas de juventud y deporte del Erasmus+ deben ajustar sus solicitudes de subvención a los nuevos criterios de evaluación establecidos en los arts. 2 a 4, 6 a 8, 13 y 14. Los beneficiarios pierden la flexibilidad previa por la supresión de la disposición adicional única (art. 2-16). Las administraciones públicas gestionan ahora los procesos conforme a los nuevos lineamientos, sin cambios en el periodo de vigencia (2021-2027).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Revisar y ajustar solicitudes de subvención según los nuevos criterios de evaluación art. 2-16

Línea de vida

2026-05-13PublicacionPublicación en el BOE
2026-05-13Entra en vigorEntrada en vigor (orden jui/463/2026)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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