La Orden JUI/463/2026 modifica los arts. 2 a 4, 6 a 8, 13, 14 y 16 de la Orden DSA/1029/2021, eliminando la disposición adicional única y ajustando los criterios de evaluación para subvenciones en educación no formal. Se suprime también la disposición adicional única de la Orden DSA/1221/2023. El cambio afecta a los centros de cooperación educativa y a los programas de juventud y deporte del Erasmus+ (art. 2-16).
Aplica a este perfil
art. 2
Esta normativa no afecta directamente al perfil startup.
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
art. 2
Los centros de cooperación educativa y los programas de juventud y deporte del Erasmus+ deben ajustar sus solicitudes de subvención a los nuevos criterios de evaluación establecidos en los arts. 2 a 4, 6 a 8, 13 y 14. Los beneficiarios pierden la flexibilidad previa por la supresión de la disposición adicional única (art. 2-16). Las administraciones públicas gestionan ahora los procesos conforme a los nuevos lineamientos, sin cambios en el periodo de vigencia (2021-2027).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Revisar y ajustar solicitudes de subvención según los nuevos criterios de evaluación | art. 2-16 |
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