La norma modifica el artículo 102 del RDL 1/2015 para establecer nuevas condiciones de aportación por parte de usuarios y beneficiarios en la prestación farmacéutica ambulatoria. Se introduce un plazo de tres meses para adaptar las aportaciones, y se establece una multa máxima de 1.500 euros por incumplimiento (art. 102). Este cambio busca mejorar la transparencia y responsabilidad en el sistema de financiación de la asistencia farmacéutica.
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art. 102
Los usuarios y beneficiarios de la prestación farmacéutica deben adaptar sus aportaciones dentro de un plazo de tres meses, de lo contrario podrán ser sancionados con hasta 1.500 euros. Las administraciones sanitarias y los centros de farmacia deben actualizar sus sistemas de registro y control. Los asesores de salud deben informar a sus clientes sobre las nuevas obligaciones y plazos de cumplimiento.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Ajustar aportaciones a la prestación farmacéutica ambulatoria | art. 102 | 3 meses desde la entrada en vigor |
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