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BOE-A-2026-10312 ·12 de mayo de 2026 ·Resolución Impacto medio
Laboral

Empresas del sector de la construcción: 30 días para incorporar el Anexo XIX del convenio colectivo

La Resolución de 30 de abril de 2026 publica la modificación del VIII Convenio colectivo de construcción mediante el añadido del Anexo XIX, previsto en el Acuerdo de 6 de septiembre de 2023. Este anexo introduce nuevas condiciones laborales que deben ser incorporadas por las empresas del sector en un plazo de 30 días desde la publicación (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015).

En 2 claves

  1. Empresas de construcción deben incorporar el Anexo XIX en 30 días (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
  2. El Anexo XIX modifica condiciones laborales del sector de construcción (Anexo XIX al Convenio de 6 de septiembre de 2023)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas del sector de la construcción
  • Con menos de 249 trabajadores

art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015

Aplica a este perfil

  • Empresas del sector de la construcción con más de 249 trabajadores

art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015

Cómo afecta a los implicados

Las empresas del sector de la construcción deben actualizar sus internalizaciones laborales para cumplir con el nuevo Anexo XIX. El plazo de 30 días desde la publicación (30-04-2026) impone una obligación de adaptación en sus procesos de gestión laboral. Las administraciones públicas no tienen acción directa, pero deben verificar el cumplimiento en inspecciones laborales.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Incorporar el Anexo XIX del convenio colectivo en los procesos internos art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 30 días desde la publicación

Línea de vida

2026-05-12PublicacionPublicación en el BOE
2026-05-12Entra en vigorEntrada en vigor (Resolución de 30 de abril de 2026)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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