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Fiscal manufactura

Empresas del sector de derivados del cemento: 1 de enero de 2026 para aplicar nuevas tablas salariales

BOE-A-2026-10103

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia Publicado 9 may 2026, 20:39

Ficha tecnica

Tipo
Resolucion (que es?)
Identificador
BOE-A-2026-10103
Publicacion
9 may 2026
Entrada en vigor
1 ene 2026 (en vigor)

Resumen

La Resolución de 28 de abril de 2026 publica las tablas salariales definitivas para 2025 y la base para 2026 del IX Convenio colectivo del sector de derivados del cemento, conforme a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 2/2015, art. 90.2 y 3. Estas tablas establecen las remuneraciones mínimas sectoriales que deben aplicarse a partir del 1 de enero de 2026.

En 2 claves

  1. Aplicación de tablas salariales definitivas para 2025 y base para 2026 desde 1 de enero de 2026 (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
  2. Las tablas salariales se publican en el BOE para su conocimiento general (Resolución de 28 de abril de 2026)

A quien afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas del sector de derivados del cemento
  • Que tengan trabajadores sujetos a remuneraciones mínimas sectoriales

art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015

Aplica a este perfil

  • Autónomos que trabajen en el sector de derivados del cemento
  • Que tengan trabajadores con remuneraciones sujetas a tablas sectoriales

Aplica a este perfil

  • Empresas del sector de derivados del cemento con más de 250 trabajadores

art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015

Como afecta a los implicados

Las empresas del sector de derivados del cemento deben ajustar sus pagos salariales a partir del 1 de enero de 2026 según las nuevas tablas salariales. Los trabajadores podrán exigir el cumplimiento de estas remuneraciones mínimas. Los asesores deben verificar que las empresas estén alineadas con las nuevas tablas para evitar multas o reclamaciones laborales.

Que hacer y antes de cuando

Accion Referencia Plazo
Verificar que las remuneraciones mínimas se ajusten a las tablas salariales publicadas desde 1 de enero de 2026 art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 1 de enero de 2026

Linea de vida

2026-05-09PublicacionPublicacion en el BOE
2026-01-01Entra en vigorEntrada en vigor (tabla salarial base de 1 de enero de 2026 del IX Convenio colectivo)

Recursos BMC para esta norma

Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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