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V3402-16 18. Juli 2016 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · rendimientos del trabajo

Entgelte für die Teilnahme an Sitzungen lokaler Körperschaften oder kommunaler Unternehmen sind Arbeitseinkünfte

Es wird die steuerliche Einordnung von Zahlungen geprüft, die Mitgliedern eines Gemeinderats und eines kommunalen Unternehmens für die Teilnahme an Sitzungen gewährt werden. Die DGT stellt fest, dass diese Beträge als Arbeitseinkünfte zu qualifizieren sind, ausgenommen Reise- und Fahrtkosten.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Calificación fiscal que, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas, debe darse a las cantidades que se perciben por la asistencia a reuniones, etc. de la Entidad Local y de la empresa municipal.

Die Entscheidung der DGT

Las retribuciones a concejales y miembros de entidades locales son rendimientos del trabajo según el artículo 17.2.b) de la LIRPF, excluyendo los gastos de viaje y desplazamiento asignados. Asimismo, las cantidades abonadas por una empresa municipal por asistir a sus órganos colegiados se consideran rendimientos del trabajo conforme al artículo 17.2.e) de la misma ley.

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