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V3265-15 23. Oktober 2015 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · estimación directa

Vermietung einer Wohnung für vorübergehenden Aufenthalt nicht abzugsfähig, wenn sie nur persönlichen Bedarf deckt

Ein Steuerpflichtiger erkundigte sich, ob die Miete für eine Wohnung in Madrid, die er vorübergehend aus Gründen seiner wirtschaftlichen Tätigkeit nutzte, steuerlich absetzbar sei. Die DGT entschied, dass die Ausgabe nicht abzugsfähig ist, da die Wohnung nicht zur Ausübung der Tätigkeit dient, sondern der Befriedigung eines persönlichen Bedarfs.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada A efectos del Impuesto del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, determinar si el importe del arrendamiento de la vivienda situada en Madrid que, en su caso, satisfaga el consultante sería deducible en la determinación de su rendimiento neto de actividades económicas.

Die Entscheidung der DGT

Para que un gasto sea deducible debe estar relacionado con la obtención de ingresos y acreditarse su vinculación con la actividad. No se consideran elementos afectos a la actividad aquellos destinados al uso particular del titular. En este caso, el inmueble no es lugar donde se desarrolle la actividad, sino que sirve de vivienda particular durante los desplazamientos, cubriendo una necesidad personal.

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