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V3131-18 11. Dezember 2018 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · actividades económicas

Professionelle Kinderschutzmaßnahmen als wirtschaftliche Tätigkeit im Rahmen der Einkommensteuer und potenziell umsatzsteuerpflichtig

Ein selbstständiger Dienstleister erbringt Pflegeleistungen für Kinder und Jugendliche im Auftrag eines deutschen Vereins. Die spanische Generaldirektion für Steuern (DGT) stellt fest, dass diese Tätigkeit im Sinne der Einkommensteuer (IRPF) als wirtschaftliche Tätigkeit einzustufen ist, und prüft die Umsatzsteuerpflicht in Abhängigkeit vom Sitz des Vereins sowie der Art der Dienstleistung.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Se consulta respecto del tratamiento fiscal de la actividad realizada: calificación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los rendimientos obtenidos en el ejercicio de su actividad, y sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de los servicios prestados por el mismo a la asociación.

Die Entscheidung der DGT

El acogimiento profesionalizado es una actividad económica para el IRPF al implicar la ordenación de medios para prestar servicios. En cuanto al IVA, si la asociación tiene sede en España, los servicios están sujetos al impuesto. No cabe la exención por asistencia social porque el prestador es una persona física y no una entidad de carácter social. De no estar exentos, se aplicaría el tipo reducido del 10% por ser servicios de protección de la infancia y juventud.

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