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V2761-19 8. Oktober 2019 · SG de Tributos Locales Kriterium gültig
OTRO · icio

Öffentliche Universitäten können bei ICIO-Befreiung zustimmen, sofern das Bauvorhaben für ihre Zwecke erforderlich ist

Eine öffentliche Universität erkundigt sich, ob sie die in der Gesetzgebung für Universitäten vorgesehene Befreiung von der ICIO-Steuer in Anspruch nehmen kann, ohne dass die Bestimmungen des TRLRHL dies einschränken. Die DGT stellt fest, dass dies möglich ist, sofern das Bauvorhaben für die universitären Zwecke notwendig ist und die Befreiung formell beantragt wird.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si a los inmuebles de la universidad consultante afectos al cumplimiento de sus fines, les resulta de aplicación la exención reconocida en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, en virtud de lo dispuesto en el artículo 80.1 de la Ley Orgánica 6/2001, sin que tal exención pueda entenderse afectada o restringida por los artículos 100 y 103 del TRLRHL, y si los órganos de aplicación de los tributos están vinculados al criterio establecido en las consultas tributarias.

Die Entscheidung der DGT

La exención del ICIO para universidades públicas es de carácter mixto y requiere que la obra sea para el desarrollo o cumplimiento inmediato de sus fines. Al ser una exención rogada, la universidad debe solicitarla al Ayuntamiento acreditando la afección del bien o la inmediatez del acto. La exención es aplicable porque la Ley Orgánica 6/2001 es posterior a la supresión de beneficios fiscales de la Ley 39/1988.

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