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V2030-15 29. Juni 2015 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · reducción del 40%

Keine Anwendung des 40 %-Reduktionssatzes auf Abfindungen bei Teilrente ohne Bezug zur Betriebszugehörigkeit

Ein Steuerpflichtiger erkundigte sich, ob die im Rahmen einer Teilrente erhaltene Abfindung die 40 %-Reduktion gemäß Art. 18.2 LIRPF in Anspruch nehmen kann. Die DGT entschied, dass dies nicht zulässig ist, da die Höhe des Betrags auf Basis des Alters und nicht auf Grundlage der Betriebszugehörigkeit festgelegt wird.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Aplicación de la reducción del 40 por 100 establecida en el artículo 18.2 de la Ley 35/2006.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar la reducción del 40%, el rendimiento debe tener un periodo de generación superior a dos años, lo que requiere que el trabajador tenga una antigüedad mínima en la empresa de ese periodo y que el pacto que establece la cuantía también supere los dos años. En este caso, al fijarse la indemnización en función de la edad de jubilación y no de la antigüedad, no se cumple la condición de generación previa. Solo sería aplicable la reducción a la parte de la indemnización que incorpore un componente basado en la antigüedad.

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