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V1985-24 17. September 2024 · SG de Impuestos Especiales y de Tributos sobre el Comercio Exterior y sobre el Medio Ambiente Kriterium gültig
OTRO · impuestos especiales

Keine Anwendung der 1 %-Toleranzgrenze bei Differenzen bei Eigenzählung

Die Anfragende möchte wissen, ob die Toleranzgrenze von 1 % bei festgestellten Mehrbeständen bei eigenen Bestandsaufnahmen angewendet werden darf. Die DGT antwortet, dass dieser Prozentsatz nur anwendbar ist, wenn die Zählung durch die Verwaltung durchgeführt wird.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada La consultante pregunta si el porcentaje del 1% establecido en el artículo 52.5 del Reglamento de los Impuestos Especiales puede aplicarse en los recuentos de existencias que ella misma realiza, en aplicación del artículo 51 del Reglamento de los Impuestos Especiales para el caso de que en un recuento de existencias se detecten existencias en más.

Die Entscheidung der DGT

El margen del 1% previsto en el artículo 52 del Reglamento de los Impuestos Especiales se aplica únicamente cuando el recuento es realizado por la Administración. En los recuentos propios, el titular debe realizar el ajuste contable y la regularización fiscal mediante autoliquidación. Si la diferencia ocurre en fábrica o depósito fiscal, el devengo se produce a la salida de los productos o por autoconsumo. Si ocurre fuera de estos, el impuesto se devenga en el momento del descubrimiento de la diferencia.

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