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V1957-23 6. Juli 2023 · SG de Tributos Locales Kriterium gültig
OTRO · utilización privativa

Kommunale Gebühr für die Nutzung des öffentlichen Raums gilt nur für Erlöse aus Diensten mit Festnetzanschluss (Glasfaser)

Es wurde angefragt, ob die Gebühr für die Nutzung von kommunalem Boden, Untergrund oder Luft auf alle Internet-Einnahmen oder nur auf solche anzuwenden ist, die die kommunale Infrastruktur nutzen. Die DGT stellt klar, dass nur die Erlöse der Abonnenten zugrunde gelegt werden dürfen, die das Festnetz, wie etwa Glasfaser, nutzen.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Solicita, si a criterio del RDL 2/2004, la tasa se debe aplicar a los ingresos brutos provenientes de cualquier tipo de abonado por la prestación de los servicios de telecomunicaciones de acceso a internet o solamente los provenientes de aquellos abonados cuya prestación del servicio de telecomunicaciones de acceso a internet se aprovecha de la infraestructura instalada en el dominio público municipal (vuelo, suelo y subsuelo).

Die Entscheidung der DGT

Para la aplicación del régimen especial del artículo 24.1.c) del TRLRHL, solo deben imputarse los ingresos brutos de los servicios prestados mediante la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local. Por tanto, la prestación de internet por radiofrecuencia no constituye el hecho imponible de esta tasa municipal. En cambio, la prestación de internet por fibra óptica sí supone el aprovechamiento del dominio público local y está sujeta a la tasa del 1,5% de los ingresos brutos de dichos servicios.

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