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V1931-24 6. September 2024 · SG de Impuestos sobre el Consumo Kriterium gültig
IVA · precio privado

Von einer kommunalen Gesellschaft verwaltete Schwimmbadleistungen können als Privatpreis der Umsatzsteuer unterliegen

Eine kommunale Gesellschaft stellt die Frage, ob die Verwaltung städtischer Schwimmbäder und die entsprechenden Zuschüsse der Stadtverwaltung der Umsatzsteuer unterliegen. Die DGT stellt fest, dass es sich aufgrund der freiwilligen Inanspruchnahme eines Dienstes, der von einer rechtlich eigenständigen Einheit verwaltet wird, um einen Privatpreis handelt, der der Umsatzsteuer unterliegt, wenngleich die Steuerbefreiung für Sportleistungen angewendet werden könnte.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de este servicio prestado por la entidad consultante y deducibilidad de las cuotas del Impuesto soportadas en relación con el mismo. Sujeción al Impuesto de las aportaciones presupuestarias que reciba del Ayuntamiento la entidad consultante.

Die Entscheidung der DGT

La prestación de servicios de piscinas por una sociedad mercantil municipal, al no ser un servicio coactivo ni prestado directamente por el Ayuntamiento, tiene la naturaleza de precio privado. Por tanto, la actividad está sujeta a IVA al realizarse por un empresario con ánimo de lucro. No obstante, podría aplicarse la exención del artículo 20.Uno.13º si se cumplen los requisitos de servicios directamente relacionados con la práctica deportiva. Respecto a las aportaciones del Ayuntamiento, estas solo integrarán la base imponible si se consideran subvenciones vinculadas directamente al precio.

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