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V1596-18 8. Juni 2018 · SG de Impuestos sobre el Consumo Kriterium gültig
IVA · arrendamiento financiero

Flugzeugleasing kann von der MwSt. befreit sein, wenn es ausschließlich einer internationalen Fluggesellschaft zur Verfügung steht

Ein Finanzinstitut vermietete ein Flugzeug mit Kaufoption an ein Unternehmen, welches dieses anschließend an einen Fluggesellschaftbetreiber weitergab. Die DGT prüft, ob dieses Finanzierungsleasing der MwSt. unterliegt oder ob die Befreiung für die internationale Luftfahrt Anwendung findet.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Calificación del arrendamiento financiero efectuado por la consultante a favor de la entidad arrendataria así como aplicación de la exención prevista en el artículo 22.Cuatro de la Ley 37/1992 a dicho arrendamiento.

Die Entscheidung der DGT

El arrendamiento financiero se califica como prestación de servicios mientras no se ejerza la opción de compra. Dicha prestación puede estar exenta según el artículo 22.Cuatro de la Ley 37/1992 si la aeronave se destina a su utilización exclusiva por una compañía dedicada esencialmente a la navegación aérea internacional. Esta exención se aplica incluso si el adquirente o arrendatario no es la compañía de navegación aérea, siempre que se conozca y demuestre dicho destino.

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