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V1428-20 14. Mai 2020 · SG de Impuestos sobre el Consumo Kriterium gültig
IVA · fletamento total

Charter von Luftfahrzeugen für öffentliche Aufgaben von der MwSt. befreit, jedoch nicht die Verpflegung oder eingekaufte Dienstleistungen

Ein Unternehmen, das Luftfahrzeuge zur Brandprävention und Brandbekämpfung chartert, erkundigt sich, ob seine Dienstleistungen und Betriebskosten von der MwSt. befreit sind. Die DGT stellt fest, dass das Chartergeschäft eine befreite Leistung darstellt, die Verpflegungsleistungen sowie die vom Unternehmen bezogenen Dienstleistungen jedoch nicht.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si el fletamento de las aeronaves puede ser considerado como un servicio exento del impuesto en virtud del artículo 22 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, así como los servicios y bienes adquiridos por la consultante para la adecuada operatividad de las aeronaves.

Die Entscheidung der DGT

El fletamento de aeronaves utilizadas por entidades públicas en el cumplimiento de sus funciones públicas está exento de IVA según el artículo 22.4 de la Ley 37/1992. Sin embargo, las exenciones para productos de avituallamiento y servicios para necesidades directas de la aeronave no se aplican si el adquirente es la empresa de fletamento y no la propia entidad pública. Por tanto, los proveedores de dichos bienes y servicios deben repercutir el impuesto a la consultante.

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