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V1257-15 24. April 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · pérdida por deterioro

Abzugsfähigkeit von Wertminderungen bei Forderungen gegenüber verbundenen Unternehmen bei gerichtlich erklärter Insolvenz

Ein Unternehmen erkundigte sich nach der steuerlichen Abzugsfähigkeit von Wertminderungen bei einem Kredit an ein verbundenes Unternehmen. Die DGT stellt klar, dass Verluste aus der Insolvenz verbundener Unternehmen zwar grundsätzlich nicht abzugsfähig sind, dies jedoch der Fall ist, wenn die Insolvenz gerichtlich erklärt wurde.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada La dirección de la sociedad A, al cierre del ejercicio 2014, se plantea la posibilidad de deducir fiscalmente los gastos por pérdida por deterioro de créditos, causados por la incobrabilidad del crédito que concedió a la sociedad vinculada B.

Die Entscheidung der DGT

Las pérdidas por deterioro de créditos de entidades vinculadas solo son deducibles en el caso de insolvencia judicialmente declarada. El auto judicial que acuerda la apertura de la fase de liquidación en un concurso de acreedores constituye la declaración judicial de insolvencia exigida por el artículo 12.2 del TRLIS. En este supuesto, el gasto es deducible en el periodo en que se contabilice, siempre que no resulte en una tributación inferior a la que correspondería por el principio de devengo.

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