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V0817-15 13. März 2015 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · afectación parcial

Proportionale Abzugsfähigkeit von Wohnkosten bei beruflicher Mitnutzung

Ein Steuerpflichtiger erkundigt sich, ob er den anteiligen Teil der Kosten für seinen Hauptwohnsitz absetzen kann, wenn er einen Raum für seine wirtschaftliche Tätigkeit nutzt. Die DGT stellt klar, dass Kosten für das Eigentum proportional abzugsfähig sind, die Versorgungskosten jedoch nur dann abziehbar sind, wenn sie ausschließlich der beruflichen Tätigkeit dienen.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1.) Deducibilidad en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de la parte proporcional de los gastos relacionados con la parte de la vivienda que destina al desarrollo de su actividad.

Die Entscheidung der DGT

Es posible la afectación parcial de elementos patrimoniales divisibles, como una parte de la vivienda, siempre que sea susceptible de un aprovechamiento separado e independiente. En este caso, se pueden deducir proporcionalmente gastos como amortizaciones, IBI, intereses, tasas, comunidad o seguros. Sin embargo, los suministros (agua, luz, calefacción, etc.) solo serán deducibles si se destinan exclusivamente al ejercicio de la actividad, sin admitir el prorrateo. Los gastos deben estar justificados con facturas y registrados en los libros obligatorios.

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