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V0670-14 11. März 2014 · SG de Impuestos sobre el Consumo Kriterium gültig
IVA · sujeción

Steuerbefreiung von Leistungen einer kommunalen Tochtergesellschaft an das jeweilige Rathaus

Eine von einer Stadtverwaltung abhängige Treuhandgesellschaft fragt an, ob ihre Dienstleistungen zugunsten dieser Behörde der Mehrwertsteuer unterliegen. Die DGT stellt fest, dass keine Steuerpflicht besteht, wenn der Empfänger das Rathaus oder eine vollständig von ihm abhängige Einheit ist, sofern es sich nicht um Tätigkeiten gemäß Artikel 7.8 handelt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de las operaciones realizadas por la consultante a favor del Ayuntamiento del que depende.

Die Entscheidung der DGT

Los servicios prestados por una entidad íntegramente dependiente de un Ayuntamiento no están sujetos al Impuesto si el destinatario es el propio Ente público o entidades que dependan íntegramente de este. Esta no sujeción se basa en que tales entidades actúan como órganos técnico-jurídicos y meros centros de gasto del Ayuntamiento. No obstante, la no sujeción no se aplica a servicios prestados a terceros ni a entregas de bienes. Tampoco aplica si las actividades están incluidas en el listado del artículo 7.8º de la Ley 37/1992.

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