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V0081-15 14. Januar 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · deducción por investigación y desarrollo

Software zur Exportierung von Energieeffizienzdaten ist keine F&E, könnte aber technologische Innovation sein

Ein Unternehmen erkundigte sich, ob die Entwicklung einer Software zur Verwaltung von Energieeffizienzdaten in Gebäuden einen Abzug für Forschung und Entwicklung (F&E) ermöglicht. Die DGT stellt fest, dass dies keine F&E darstellt, da kein signifikanter wissenschaftlicher oder technologischer Fortschritt vorliegt, wenngleich es sich um eine technologische Innovation handeln könnte, sofern eine wesentliche technologische Neuheit besteht.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si los gastos del personal cualificado que exclusivamente se encuentra dedicado a la investigación, creación y desarrollo de software novedoso para la eficiencia energética de edificios así como los gastos e inversiones de los elementos directamente relacionados con dicha actividad investigadora, serían objeto de la deducción por investigación, desarrollo e innovación contemplada en el artículo 35 del TRLIS.

Die Entscheidung der DGT

El desarrollo de software no se considera investigación o desarrollo si no implica la creación de nuevos teoremas, algoritmos, sistemas operativos o lenguajes. No obstante, la actividad podría calificarse como innovación tecnológica si el software supone un avance tecnológico o una mejora sustancial de lo existente. Para aplicar la deducción, los gastos deben estar directamente relacionados con la innovación, aplicados efectivamente y debidamente individualizados por proyectos.

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