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V5182-26 17 juillet 2026 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · bonificación

Possibilité d'une bonification de 50 % de l'impôt sur les revenus de la vente de biens corporels fabriqués aux Canaries

Une société canarienne s'interroge sur l'éligibilité de la fabrication de structures métalliques à la bonification prévue par l'article 26 de la loi 19/1994. La DGT conclut qu'en tant qu'activité industrielle de transformation non exclue, les revenus issus de la vente de ces biens peuvent bénéficier de ladite bonification.

La question posée

Cuestión planteada Si la actividad desarrollada por la consultante puede beneficiarse de la bonificación del régimen especial de las empresas productoras de bienes corporales previsto en el artículo 26 de la Ley 19/1994.

La position de la DGT

Para aplicar la bonificación, la entidad debe realizar una actividad industrial de producción de bienes corporales mediante un proceso de fabricación que transforme materias primas. La actividad de fabricación de estructuras metálicas se considera industrial y no está incluida en las exclusiones de la disposición adicional undécima de la Ley 19/1994. Por tanto, los rendimientos derivados de la venta de estos bienes fabricados podrían aplicar la bonificación del cincuenta por ciento de la cuota íntegra.

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