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V2460-25 11 décembre 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · régimen especial de tributación

Application du régime fiscal spécial aux travailleurs à distance sans visa de télétravail international

Un citoyen espagnol et américain travaillant pour une entreprise aux États-Unis demande s'il peut bénéficier du régime fiscal spécial en raison de l'impossibilité de solliciter un visa de télétravail international liée à sa nationalité. La DGT confirme que cela est possible sous réserve que l'activité soit exercée à distance par des moyens informatiques.

La question posée

Cuestión planteada Si, a pesar de no poder obtener el visado de teletrabajo de carácter internacional (debido a ser nacional español), cumple los requisitos para poder optar por el régimen especial de tributación previsto en el artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

La position de la DGT

El hecho de no disponer del visado para teletrabajo de la Ley 14/2013 no impide el acceso al régimen especial del artículo 93 de la LIRPF. Se puede optar por este régimen si la actividad laboral se presta a distancia mediante el uso exclusivo de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación. Para ello, deben cumplirse también los requisitos de no haber sido residente en España en los cinco años anteriores y no obtener rentas por establecimiento permanente.

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