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V2400-21 23 août 2021 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · fusión por absorción

La fusion par absorption peut bénéficier du regime special sous condition de motifs economiques valables

Une societe immobiliere interroge sur la fiscalite d'une fusion par absorption d'une autre societe du meme groupe familial. La DGT analyse le traitement au regard de l'IS, de l'IRPF, de la TVA et de l'ITPAJD, en conditionnant l'application du regime special a l'existence de motifs economiques reels.

La question posée

1. Tributación de la fusión en el Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial de IS, la fusión debe realizarse en el ámbito mercantil y tener motivos económicos válidos, como la racionalización de actividades. En IRPF, los socios residentes no integran la ganancia patrimonial si se aplica el régimen especial de la LIS, manteniendo el valor y fecha de adquisición de los títulos entregados. La no sujeción al IVA depende de si la transmisión constituye una unidad económica autónoma. En ITPAJD, la operación es una reestructuración no sujeta a la modalidad de operaciones societarias y exenta en las demás modalidades. El no devengo del IIVTNU está condicionado a que concurran las circunstancias de la disposición adicional segunda de la LIS.

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