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V2271-14 4 septembre 2014 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · exención por trabajos en el extranjero

Impossibilité d'appliquer l'exonération pour travaux à l'étranger si l'employeur est résident en Espagne

Un chercheur sous contrat avec une université publique espagnole pour effectuer des séjours à l'étranger s'interroge sur l'exonération de ses revenus. La DGT répond que l'exonération ne s'applique pas car le travail n'est pas effectué pour une entité non résidente.

La question posée

Cuestión planteada Si a los rendimientos del trabajo derivados del contrato descrito, les resulta aplicable la exención prevista en la letra p) del artículo 7 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Si dichos rendimientos se encuentran sujetos a retención y tipo de retención aplicable.

La position de la DGT

Para aplicar la exención del artículo 7 p) de la LIRPF, el trabajo debe realizarse para una empresa o entidad no residente en España o un establecimiento permanente en el extranjero. En este caso, al ser el contrato con una universidad pública española, los rendimientos son plenamente sometidos a tributación y al sistema de retenciones. El hecho de que el centro de trabajo se ubique temporalmente fuera de España no permite la exención si la entidad empleadora es residente.

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