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V1854-23 27 juin 2023 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · aportaciones no dinerarias

Conditions du régime spécial des apports en nature et exonération de l'impôt sur la fortune

Une famille de nationalité russe souhaite apporter ses participations dans une société immobilière à une société holding familiale afin de centraliser la gestion et faciliter la succession. La DGT examine si cette opération peut bénéficier du régime spécial de l'impôt sur les sociétés et si elle remplit les conditions d'activité économique pour l'exonération de l'impôt sur la fortune.

La question posée

Cuestión planteada 1. Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y si existen motivos económicos válidos.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias (LIS), la entidad receptora debe ser residente en España, la aportación debe representar al menos el 5% de los fondos propios de la entidad aportada y los aportantes deben mantener al menos un 5% de participación en la entidad beneficiaria. La aplicación del régimen no será válida si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal, debiendo los órganos de comprobación valorar los motivos económicos reales. Respecto al Impuesto sobre el Patrimonio, la exención requiere que la entidad no tenga por actividad principal la gestión de patrimonio mobiliario o inmobiliario, lo que implica que no más de la mitad de su activo puede estar constituido por valores o elementos no afectos a actividades económicas durante más de 90 días.

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