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V1504-24 19 juin 2024 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · subarrendamiento

La sous-location de logements peut être imposée comme revenus de capitaux mobiliers

Une personne physique agissant en qualité d'intermédiaire immobilier s'interroge sur la qualification des revenus issus de la sous-location de logements et sur l'obligation de retenue à la source envers le bailleur. La DGT détermine que ces revenus constituent des revenus de capitaux mobiliers, sauf dans le cas de prestations de services hôteliers.

La question posée

Cuestión planteada Solicita conocer la calificación de los rendimientos que percibe del subarrendamiento y si tiene obligación de retener en las cuantías que satisface al arrendador a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

La position de la DGT

Los rendimientos del subarrendamiento se califican como rendimientos del capital mobiliario, a menos que supongan la ordenación de medios de producción y recursos humanos para la distribución de bienes o servicios, como ocurriría al prestar servicios complementarios de la industria hotelera. Respecto a la retención, al ser la arrendataria una persona física, solo existe obligación de retener si las rentas satisfechas al arrendador se perciben en el ejercicio de actividades económicas.

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