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V1494-26 11 juin 2026 · SG de Tributos Locales Critère en vigueur
OTRO · iaé

La location de logements à usage touristique est classée dans le groupe 685 de l'IAE, même si le titulaire est exonéré de l'impôt

Se consulta si el alquiler de una vivienda de uso turístico debe tributar en el grupo 685 o en el epígrafe 861.1 del IAE. La DGT determina que el alquiler de pisos turísticos se clasifica en el grupo 685, pero al ser el consultante una persona física, está exento del impuesto.

La question posée

Question posée Il est question de savoir s'il convient de s'immatriculer à l'impôt et sous quelle rubrique l'immatriculation doit être effectuée, soit sous le groupe 685, soit sous le paragraphe 861.1.

La position de la DGT

El alquiler de viviendas destinadas a fines turísticos o vacacionales se clasifica en el grupo 685 de la sección primera de las Tarifas del IAE, denominados "Alojamientos turísticos extrahoteleros". No obstante, si el consultante es una persona física, se encuentra exento por todas sus actividades económicas según el TRLRHL. En este caso, la presentación de declaraciones censales (modelo 036) sustituye a las declaraciones específicas del impuesto.

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