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V1449-25 29 juillet 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
ISD · donación mortis causa

La donation mortis causa est soumise au régime des successions et n'engendre pas de plus-value en IRPF

Une question a été posée pour savoir si une donation mortis causa avec transmission immédiate de propriété est imposée comme une acquisition mortis causa au titre de l'ISD et si elle est exonérée de l'IRPF. La DGT détermine qu'elle est soumise au régime des successions et qu'il n'existe pas de plus-value au titre de l'IRPF.

La question posée

Cuestión planteada En lo que se refiere al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, se consulta Sujeción de la operación a la modalidad de adquisición mortis causa en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, con aplicación de la escala de gravamen propia de esta modalidad y sus reducciones, con devengo en el momento de otorgarse la donación, así como el punto de conexión.

La position de la DGT

En el ISD, la donación mortis causa es un título sucesorio que tributa con las normas de las adquisiciones mortis causa, devengándose en el momento de la firma del contrato. No obstante, no es aplicable la reducción del artículo 20.2.c) de la LISD porque el causante aún no ha fallecido. En el IRPF, estas transmisiones se consideran lucrativas por causa de muerte, por lo que no existe ganancia o pérdida patrimonial según el artículo 33.3.b) de la LIRPF.

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