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V1009-25 13 juin 2025 · SG de Tributación de las Operaciones Financieras Critère en vigueur
IRPF · rendimientos del trabajo

Inapplicabilité de la réduction de 30 % sur le capital perçu d'une assurance collective de retraite

Le consultant demande si la réduction de 30 % applicable aux versements en capital peut s'appliquer aux prestations d'une assurance collective de retraite. La DGT répond que ces prestations sont considérées comme des revenus du travail conformément à l'article 17.2.a) 5.ª de la LIRPF et sont donc exclues de ladite réduction.

La question posée

Cuestión planteada Procedencia de aplicar al capital percibido la reducción del 30 por ciento contemplada en el artículo 18.2 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

La position de la DGT

Las prestaciones de contratos de seguro colectivo que instrumenten compromisos por pensiones se califican como rendimientos del trabajo según el artículo 17.2.a) 5.ª de la LIRPF. El artículo 18 de la LIRPF establece la reducción del 30% para ciertos rendimientos, pero excluye expresamente a los previstos en el artículo 17.2.a). Por tanto, no es aplicable la reducción del 30% al importe percibido de dicho seguro.

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