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V0998-26 6 mai 2026 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
OTRO · entidades sin fines lucrativos

Déduction des charges financières des revenus locatifs sous condition de lien direct

Une fondation s'interroge sur la possibilité de comptabiliser comme revenus nets la différence entre les loyers perçus et les intérêts d'un prêt hypothécaire afin de préserver son régime fiscal spécifique. La DGT précise que les charges financières sont déductibles si la preuve est apportée que l'emprunt a financé la rénovation des biens générant lesdits revenus.

La question posée

Cuestión planteada Si la fundación puede computar como ingresos netos la diferencia entre los ingresos por arrendamiento y el gasto derivado del préstamo hipotecario asumido, a efectos de no perder el régimen especial.

La position de la DGT

Los gastos financieros pueden deducirse de los ingresos obtenidos por la entidad cuando contribuyan efectivamente a su obtención. Para que exista esta vinculación, el préstamo hipotecario debe haber tenido por finalidad financiar la rehabilitación de los inmuebles que generan los ingresos por arrendamiento, sin posibilidad de aplicar los fondos a otros fines. Debe acreditarse que el préstamo fue concedido exclusivamente para dicha rehabilitación y que los inmuebles son los que generan los ingresos planteados.

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