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V0989-25 11 juin 2025 · SG de Impuestos Especiales y de Tributos sobre el Comercio Exterior y sobre el Medio Ambiente Critère en vigueur
OTRO · impuesto sobre hidrocarburos

L'exonération de la taxe sur les hydrocarbures ne s'applique pas au carburant d'avion utilisé pour le transport de dirigeants

Une entreprise demande si l'approvisionnement en carburant d'un aéronef, qu'il soit en propriété ou en location, destiné au transport de dirigeants ou d'administrateurs, bénéficie d'une exonération fiscale. La DGT répond que l'exonération est inapplicable car cet usage ne constitue pas une prestation de services aériens à titre onéreux.

La question posée

Cuestión planteada La consultante pregunta si se puede aplicar la exención prevista en el artículo 51.2 a) de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales en los suministros de carburante realizados a una aeronave titularidad de una empresa o arrendada por la misma con el fin de trasladar a sus directivos o a los miembros de su consejo de administración para el ejercicio de las funciones que tienen encomendadas.

La position de la DGT

La exención del artículo 51.2.a de la Ley 38/1992 no es aplicable cuando la aeronave se utiliza para trasladar al personal de una empresa para el ejercicio de sus funciones. Según la jurisprudencia del TJUE, la exención requiere que la aeronave se utilice directamente para la prestación de servicios aéreos a título oneroso. El transporte de personal para fines empresariales no se equipara a fines comerciales para esta exención.

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