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V0868-26 21 avril 2026 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · aportación no dineraria

La scission d'activités peut bénéficier de la neutralité fiscale sous réserve de respecter les conditions de branche d'activité et de participation

Une société souhaite scinder plusieurs de ses activités au sein de nouvelles entités afin d'optimiser la gestion et d'attirer des investisseurs. La DGT précise que pour appliquer le régime de neutralité fiscale, les éléments transférés doivent constituer une branche d'activité (unité économique autonome) et satisfaire aux conditions de participation et de résidence.

La question posée

Cuestión planteada 1. Si la operación descrita, consistente en segregar de la Sociedad A ramas de su actividad en favor de varias entidades filiales, encajaría dentro de la definición de aportación no dineraria de rama de actividad establecida en el artículo 76.3 de la LIS y, por tanto, si la operación puede acogerse al régimen de neutralidad fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la LIS.

La position de la DGT

Para que la aportación no dineraria de una rama de actividad goce de neutralidad fiscal, los elementos transmitidos deben constituir una unidad económica autónoma capaz de funcionar por sus propios medios. La existencia de dicha rama es una cuestión de hecho que requiere una organización empresarial diferenciada y una gestión autónoma previa en la entidad transmitente. Si se cumplen los requisitos de residencia de la adquirente y una participación mínima del 5% de la aportante en los fondos propios de la misma, la operación podría acogerse al régimen especial. No obstante, el régimen no se aplicará si el objetivo principal de la operación es el fraude o la evasión fiscal.

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