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V0775-20 7 avril 2020 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · pensión compensatoria

Le paiement pour l'usage du logement familial n'est pas une pension compensatoire et est imposé comme revenu immobilier

Un couple convient que l'épouse occupe le logement familial en échange d'un versement mensuel à l'ex-mari. La DGT détermine que le payeur ne peut déduire ce montant et que le bénéficiaire doit le déclarer comme revenu du capital immobilier.

La question posée

Cuestión planteada Un matrimonio adquirió en régimen de separación de bienes su vivienda familiar (50% cada uno). Según convenio regulador se acuerda la custodia compartida de la hija menor de edad, y se le atribuye a la esposa el uso de la vivienda familiar hasta que ambos vendan la vivienda dentro de 7 años. Como compensación, la mujer paga a su excónyuge una cantidad mensual durante ese período de tiempo. Incidencia en la declaración de IRPF del pagador y del perceptor, del pago de dicha cantidad mensual.

La position de la DGT

El pago por la cesión del uso de la vivienda no es una pensión compensatoria, por lo que el pagador no puede aplicar la reducción del artículo 55 de la LIRPF. Para el perceptor, la cantidad recibida se califica como rendimiento del capital inmobiliario según los artículos 21 y 22 de la LIRPF. Estos rendimientos derivan de la cesión de derechos de uso o disfrute sobre bienes inmuebles.

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