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V0715-25 15 avril 2025 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · actividad empresarial

La vente d'un logement par une société sans activité commerciale n'est pas soumise à la TVA

Une société panaméenne s'interroge sur l'éventuelle assujettissement à la TVA de la vente d'un logement à Madrid par renonciation à l'exonération. La DGT répond que, si la société n'exerce pas d'activité commerciale et que le bien n'est pas affecté à celle-ci, l'opération n'est pas soumise à la TVA.

La question posée

Cuestión planteada La consultante quiere conocer si la compraventa puede quedar sujeta y exenta al Impuesto sobre el Valor Añadido y, en tal caso, cuáles serían los requisitos que deberían cumplirse para poder renunciar a la mencionada exención.

La position de la DGT

Para que una venta esté sujeta al IVA, el vendedor debe actuar como empresario o profesional en el ejercicio de su actividad económica. Si la transmisión se realiza en el ámbito de la gestión de un patrimonio privado, no hay sujeción al impuesto. En el caso de que el vendedor sea empresario y la vivienda esté afecta, la operación sería una entrega exenta que podría ser objeto de renuncia si el adquirente tiene derecho a deducción.

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