IS: deterioro de préstamos a filial mexicana vinculada no deducible hasta la extinción, momento en que la renta negativa de liquidación es deducible conforme al art. 21.8 LIS
Ficha tecnica
Resumen
Una sociedad española con filial en México (participación del 95%) plantea la disolución de la filial inactiva. Los créditos concedidos están totalmente deteriorados contablemente. La DGT distingue entre la fase de deterioro (no deducible fiscalmente al ser partes vinculadas sin concurso con apertura de liquidación) y el período de extinción, en que revierten los ajustes anteriores y se integra la pérdida definitiva, siendo la renta negativa de extinción deducible conforme al artículo 21.8 LIS.
A quien afecta
Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.
Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Que hacer y antes de cuando
Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.