IS: deterioro de préstamos a filial mexicana vinculada no deducible hasta la extinción, momento en que la renta negativa de liquidación es deducible conforme al art. 21.8 LIS
Technical details
Summary
Una sociedad española con filial en México (participación del 95%) plantea la disolución de la filial inactiva. Los créditos concedidos están totalmente deteriorados contablemente. La DGT distingue entre la fase de deterioro (no deducible fiscalmente al ser partes vinculadas sin concurso con apertura de liquidación) y el período de extinción, en que revierten los ajustes anteriores y se integra la pérdida definitiva, siendo la renta negativa de extinción deducible conforme al artículo 21.8 LIS.